Aprobado el Reglamento de la Ley de Extranjería
sábado, 16 de abril de 2011
El texto, fruto de un amplio diálogo, introduce mayor rigor en los procedimientos y facilita la colaboración entre administraciones.
En un nuevo contexto migratorio, la norma fortalece la cohesión social al tiempo que potencia la movilidad y el retorno voluntario.
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento de la Ley Orgánica de 11 de enero de 2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, más conocida como Ley de Extranjería
El Reglamento de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, constituye una pieza importante de la política de inmigración del Gobierno y consolida un modelo de inmigración regular, ordenado y vinculado al mercado de trabajo.
El texto desarrolla los mecanismos de gestión previstos en la reforma de Ley Orgánica del año 2000 que el mismo Gobierno impulsó y las Cortes Generales aprobaron hace poco más de un año, y pone los medios para hacer efectivos el fortalecimiento de la cohesión social, la integración y la igualdad de derechos y deberes. El nuevo Reglamento responde a los retos del nuevo ciclo migratorio y culmina la transposición de la normativa comunitaria en materia de inmigración.
La norma que hoy se aprueba garantiza mayor rigor, objetividad y transparencia en los procedimientos administrativos de extranjería. Además, objetiva criterios necesarios para los trámites que deben realizar los ciudadanos extranjeros, agiliza los procedimientos e introduce las nuevas tecnologías en las tramitaciones.
Movilidad y promoción del retorno voluntario
El nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería establece mecanismos para fomentar y garantizar la movilidad, así como el retorno voluntario de los ciudadanos extranjeros a sus países de origen. Igualmente, para quienes se acogen a estos programas determina un procedimiento más ágil y con más garantías.
Mayor rigor ante incumplimientos en la contratación
Por otro lado, el Reglamento también exige mayor estabilidad a los contratos entre empleadores españoles y trabajadores extranjeros. De este modo, la norma impide al empleador que no haya cumplido los compromisos asumidos contratar a otro trabajador extranjero en los tres años siguientes.
En diálogo con las administraciones y la sociedad civil
El nuevo Reglamento ha llegado al Consejo de Ministros tras el trámite de audiencia e información pública y oído el Consejo de Estado. El texto ha sido objeto de acuerdo en la mesa de diálogo social y ha sido sometido a un amplio proceso de diálogo, tanto con las Administraciones como con la sociedad civil.
Noticias sobre la aprobación: (mtin).
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Fuente:migrarconderechos.es