La ordenanza de protección del espacio público “estigmatiza” y “refuerza la exclusión social” de personas ya discriminadas socialmente

Médicos del Mundo advierte de la “criminalización y estigmatización” que emana de la ordenanza de protección del espacio público, aprobada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, en sus capítulos referentes a la mendicidad, servicios sexuales, actividad de los gorrillas y presencia de los “Sin techo”. Para la Ong, actuar a nivel represivo y policial contra personas “que no son delincuentes, sino víctimas discriminadas socialmente”, sólo está encaminada a disminuir la visibilidad de estas realidades, pero no hacia su solución.

Médicos del Mundo, que desarrolla en la Comunidad Valenciana desde 1994 programas dirigidos a personas en riesgo de exclusión social y que ejercen la prostitución, manifiesta su “rotunda disconformidad” hacia la restrictiva ordenanza de protección del espacio público que penaliza, entre otras, conductas como “dormir de día o de noche” en la calle o en los bancos, con multas de hasta 400 euros.

Para la Ong, con medidas represivas y policiales, tal como recoge la citada norma, sólo se consigue criminalizar, además de condenar de antemano a personas que no son delincuentes; y el único fin que se persigue con esta norma, a juicio de Médicos del Mundo, “es el desplazamiento y la disminución de la visibilidad de estas realidades, pero en ningún momento se pretende abordar de manera efectiva el fenómeno ni de la prostitución ni de la mendicidad y las personas sin techo que viven en nuestras calles”.

La Ong matiza que apoya a los ayuntamientos para que cumplan sus funciones de defensa del buen uso de la vía pública y preservación del espacio público como lugar de convivencia y civismo; “pero que lo sea para todos los ciudadanos por igual sin distinción clasista. Si la ordenanza persigue que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio, encuentro y recreo no se puede penalizar la libertad del colectivo de “Sin techo”, por ejemplo, que también son personas y ciudadanos, con multas económicas e incautación de sus pertenencias”.

En este sentido, Médicos del Mundo advierte del transfondo “estigmatizador” que emana de la ordenanza, al hacer referencias explícitas únicamente a personas que ya de por sí sufren exclusión social: los gorrillas, las prostitutas y las personas que ofrecen limpiar los parabrisas.

“Nos preguntamos –señala la organización- si esta norma va a ser aplicable también a otros colectivos sean religiosos, encuestadores, empresas que utilizan marketing directo en las calles, distribuidores de prensa gratuita o publicidad y, en definitiva, cualquier persona que ofrezca un servicio sin que se le haya solicitado” y que a juicio del agente de la Policía Local pueda significar “que perturban” o que “representen actitudes coactivas”, como recoge la norma en su capítulo 3. Este último aspecto, el de la arbitrariedad en la intervención policial, también preocupa a la ong, dado que “¿hasta cuándo o a partir de qué límite se perturba y, por lo tanto, se legitima la intervención policial y sancionadora?

Para Médicos del Mundo, por último, la citada normativa no sólo refuerza la exclusión social y castiga a víctimas vulnerables como son las mujeres y hombres que ejercen la prostitución callejera, promoviendo su actividad en zonas aisladas y poco protegidas, “en vez de dirigir la acción represiva a luchar contra el tráfico de personas con fines de explotación sexual”; si no que, además, dificulta el trabajo de prevención y promoción de la salud al permitir al agente local “el expolio del material de prevención (condones)”, al estar autorizando “(…) la incautación cautelar de los medios empleados para desarrollar la conducta antijurídica” (capítulo 4)”.

 

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