Extranjería limita a 500 euros la sanción máxima a inmigrantes sin papeles La Subdelegación del Gobierno en Alicante atiende la denuncia del Secretariado Diocesano de Migración

ÁFRICA PRADO-Diario Información

La Subdelegación del Gobierno en Alicante ha decidido rebajar hasta 500 euros la sanción máxima que se puede imponer a un inmigrante por no tener sus papeles en regla para unificar las cantidades con las que se aplican en la provincia de Valencia, de 301 a 500 euros, según ha podido saber este diario.
La rebaja se produce después de que el Secretariado Diocesano de Migración-Asti Alicante denunciara el pasado jueves que la Oficina de Extranjeros de Alicante aplicaba multas "desorbitadas" a los inmigrantes sin papeles, que podían llegar a ser hasta 20 veces superiores que en otras provincias del país, ya que en Alicante se aplicaba un criterio de proporcionalidad en función del tiempo de estancia del inmigrantes en el territorio nacional. Es decir, que cuanto más tiempo llevaba en España de forma irregular, mayor era la multa, mientras en otras provincias como Madrid o Cádiz se aplicaba la mínima contemplada en la ley, de 301 euros, de una horquilla de hasta 6.000 euros, que recogía la Ley de Extranjería 4/2000.
La decisión de reducir la sanción máxima hasta 500 euros ha sido adoptada por la Subdelegación del Gobierno para aquellas multas que se hayan tramitado conforme a la citada Ley de Extranjería que ha permanecido vigente hasta el pasado 18 de diciembre. Tras esa fecha, las sanciones que recoge la última reforma de la ley oscilan entre 500 y 10.000 euros.
No obstante, fuentes de la Subdelegación del Gobierno han señalado que de momento no se están aplicando sanciones con la nueva normativa hasta que se reúnan los responsables de las Oficinas de Extranjeros de las tres provincias y se establezcan criterios comunes para las multas económicas con el fin de evitar la disparidad de criterios existentes hasta la fecha.
Hasta ahora, la multa máxima de un inmigrante sin papeles podía ser de 500 euros en Valencia, de 1.000 euros en Castellón y de 6.000 en Alicante.
La Oficina de Extranjeros de Alicante aplicaba en este caso un criterio basado en la jurisprudencia, a través del baremo recogido en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que impuso una multa de 1.500 euros a un inmigrante por estancia irregular de nueve meses y, por esa proporción, las multas ascendían a 6.000 euros por 36 meses.
El Secretariado Diocesano de Migración consideraba en su denuncia dicho criterio "discutible" y "arbitrario", ya que se han dado casos en los que los inmigrantes sin papeles estaban a punto de solicitar su permiso de residencia por arraigo social -circunstancia que se puede dar si se acredita una estancia de tres años y se demuestra el arraigo- y han sido multados con la máxima sanción. Ello sin tener en cuenta otros criterios, como la capacidad económica del sancionado, el mantenimiento de familiares o cualquier otra circunstancia.
Una de las reclamaciones del Secretariado era que pocos inmigrantes podían recurrir a la vía judicial para evitar estas situaciones discriminatorias, que por el momento se han frenado. Del mismo modo, se recordaba que cerca del 50% de los extranjeros comunitarios carecen aún del certificado de registro de la UE, obligatorio desde 2007 sin que por ello sufran perjuicios similares a los no comunitarios.
Las sanciones que por este motivo -estancia irregular- se han producido en la provincia de Alicante varían de un año a otro. El pasado año se impusieron 169 multas a extranjeros en la provincia de Alicante y en lo que va de año se han tramitado 793, según fuentes de Extranjería.
 

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